lunes, 3 de diciembre de 2012

EL 23 DE DICIEMBRE SE RENOVARA LA NUEVA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCACION DE HIJOS DE VIÑAC

El Comité Electoral, ha programado la realización de las elecciones para la renovación de cargo de la nueva Junta Directiva para el periodo 2013-2015 de la Asociación Hijos de Viñac, residentes de Lima, se llevara a cabo el día domingo 23 de diciembre del 2012. Participaran en estas elecciones todo los que se encuentran empadronados y los que no aparecen en dicho padrón podrán inscribirse hasta antes de la ultima asamblea general, mejor dicho el 16 de diciembre 2012.

En esta Asamblea General se deberá aprobar y/o desaprobar tu inscripción. Las puertas de la institución están abiertas para todo hijo Viñaquino. Aquí no hay el "cliché" que eres fundador o no. Se inscriben porque son de Víñac o tienen afinidad emocional con este distrito centenario

RELACION DE LOS SOCIOS EMPADRONADOS.

1. Alfonso Madueño Auris
2. Vicente Raúl Chulluncuy Guerra
3. Fidel Madueño Auris
4. José Evangelista Huari
5. Elmer Eladio Lázaro Villar
6. Paulino Evangelista Huari
7. Dennis Evangelista Padilla
8. Manuel Mendoza Ordoñez
9. Eleodoro Alvarado Romero
10. Leopoldo Pedro Guerra Madueño
11. Alexander Gregorio Guerra Madueño
12. Rómulo romero Centeno
13. Michael De la Cruz Centeno
14. Gregorio Bernardo Huari Evangelista
15. Adalgino Perales Sulluchuco
16. Dámaso Efraín Madueño Auris
17. Walter Ulises Lázaro Villar
18. Óscar Lara Traslaviña
19. Pedro Catalino García Huari
20. Inés Chávez Perales
22. Eber Alcides Ramírez Cortez
23. Alcides Centeno Chávez
25. Elías Huari Centeno (QEPD)
26. Adrían Teófilo Chupayo Gonzales
27. Armando Villar Gonzales
28. Cipriano Chulluncuy Evangelista
29. José Edgar Ordóñez Mendoza (QEPD)
31. Armando Edwin Villar Romero
32. Germán Auris Evangelista
33. Juan Manuel Meza Perales
34. Andrés Chulluncuy Guerra
35. Armando Silvano Romero Guerra
36. Félix Vicente Huari Evangelista
37. Fidel Madueño Rojas
38. Justo Rufino Centeno Rojas
39. Freddy Alvarado Centeno
40. Pedro Sixto Guerra Chipana
41. Isabel Chulluncuy Guerra
42. Wilson Telmo García Guerra
43. William Madueño Guerra
44. Manuel Enrique Umbert S.ananc
45. Simón Ramos Condori
46. Augusto René Alvarado Huari
47. Alejandro Alva Odría
48. Justo Lucas Evangelista Huari
49. Espitler Evangelista Quispe
50. Henry Rubén García Guerra
51. Norma Esther Saldaña Madueño de Reynoso
52. Estanislao Doris Lume Zenteno
53. Amancio Alberto Alvarado Goycochea
54. Bermundo Guerra Ontiveros
55. Nancy Vilma Alva Yarlequé
56. Porfirio Centeno Alvarado
57. Federico Alva Pariona
58. René Gloria Lázaro Villar de Evangelista
59. Manuel Madueño Ramos
60. Ernestina Odría Mendoza
61. Guido Fidel Chulluncuy Guerra
62. Samier Teófilo Chupayo Evangelsita
63. Viquina Medina Evangelsita Chulluncuy
64. Sonia Nilda Perales Quispe
65. Milagros de las Mercedes García Meneses
66. Rogers Rubén Rojas Guerra
67. Alfredo Fructuoso Centeno Alvarado
68. Gilmer Ronald García Guerra
69. Yerson Naydo Evangelsita Quispe
70. Bernardino Leonardo Zenteno Madueño
71. José Nelson Chulluncuy Yauri
72. Deluvio Rojas Huari
73. Rolan Rubí Rojas Reynoso
74. Johnny Lázaro Huari
75. Lourdes Elisa Perales Mendoza
76. Flor Jessica Trujillo Apumayta
77. Roger Rojas Reynoso
78. Magno Leopoldo Cárdena Arco
79. Lincol Dionicio Pérez Utcañe
80. Javier Marnon García Guerra
81. Adolfo Gonzales Alva
82. Eutimio Rojas Madueño
83. Luis Alva Odría
84. Antonio Rojas Madueño
85. Fredy Román Evangelista
86. Rosalía Alvarado Apumayta
87. Mirtha Elizabeth Chulluncuy Alvarado
88. Amanda Carina Chulluncuy Alvarado
89. Nélida Chulluncuy Guerra
90. José Alex Curi Oré
91. Jhony Aníbal Auris Vilcapoma
92. Sabino Guerra Madueño
94. Betty Magdalena Madueño Huaruco
95. Gustavo Alipio Madueño Huaruco
96. Clotilde Auris Evangelista
97. Melchora Erlinda García Meneses
98. Efraín Chulluncuy Chávez
99. Marcelina Elsa Auris Evangelista
100. José Martín Guerra García
101. Miguel Chulluncuy Centeno
102. Percy Chulluncuy Yauri
103. Julio Evangelista Chávez
104. Abel Marino Huamán Auris

REGLAMENTO DE ELECCIONES ASOCIACIÓN HIJOS DE VIÑAC- LIMA

TÍTULO I

Art. 1. El presente reglamento de elecciones, norma la organización, dirección y control de procedimiento eleccionario para el nuevo Consejo Directivo de la Asociación Hijos de Viñac 2013 - 2015 que se realizará en el cronograma siguiente:

Art.2. El 25 de noviembre Asamblea General para aprobar el reglamento eleccionario.
a) Se apertura la inscripción de lista de candidatos hasta el sábado 22 de diciembre del 2012.
b) Elecciones generales el día 23 de diciembre del 2012

Art.3. La votación se realizará mediante el sistema de lista completa, el voto es secreto y obligatorio de todos los socios inscritos en el padrón de la Asociación Hijos de Víñac - Lima (AHVL). (Próxima publicación)

Art.4. Los asociados tienen derecho a ser elegido de acuerdo al estatuto de la asociación.

Art.5. Los miembros del Comité Electoral recibirán las listas postulantes al Consejo directivo, conformado por los siguientes cargos:

1. Presidente
2. Vicepresidente
3. Secretario de Actas y archivos.
4. Secretaria de Economía.
5. Secretario de Educación y Cultura.
6. Secretario de Organización y Asuntos Regionales.
7. Secretario de prensa y propaganda
8. Secretario de Asistencia Social.
9. Secretario de Deportes y Recreación.

Art.6. Los cargos para el Consejo de Vigilancia serán elegidos junto con el Consejo Directivo. Pueden postular en la misma lista u otro y estarán conformados por:
a) Presidente
b) Secretario
c) Vocal.

TITULO II
DEL COMITÉ ELECTORAL

Art.7. El comité electoral es el órgano responsable del acto eleccionario, constituye la autoridad máxima en materia electoral. Sus disposiciones son de carácter obligatorio y de estricto cumplimiento por los asociados en concordancia con el presente estatuto y el estatuto de la Asociación.

Art.8. Son atribuciones del Comité Electoral.

a) Organizar, dirigir y controlar el proceso eleccionario.
b) Determinar las mesas de sufragio de acuerdo con el padrón.
c) Ejecutar el cómputo general de las elecciones y proclamar la lista ganadora, levantando el acta respectiva.
d) Poner en conocimiento de los asociados cualquier cambio en el proceso eleccionario utilizando los medios de comunicación de mayor accesibilidad.

Art.9. Las funciones del Comité Electoral terminan inmediatamente después de la juramentación del nuevo Consejo Directivo.

TITULO III
DEL PADRÓN ELECTORAL.

Art.10. El padrón electoral será elaborado por el Comité Electoral en base a las fichas de inscripción del Libro de Socios de la Asociación Hijos de Víñac. Antes de las elecciones abonarán s/. 5,00 nuevo soles para los trámites de esta elección.

Art. 11. El padrón electoral constará de los siguientes datos:
Apellidos y nombres completos.
Número de D.N.I. .
Firma y huella digital

Art.l2. Los socios que no han sufragado serán multados con diez nuevos .soles (S/. 10.00).

TITULO IV
DE LOS CANDIDATOS

Art. 13. Podrán ser candidatos los socios que se encuentran debidamente empadronados y que reúnan los siguientes requisitos:

a) Ser socio activo
b) No haber sido expulsado de la asociación
c) No tener cuentas pendientes con la institución.

Art. 14. Cada lista tendrá los 9 integrantes con sus respectivos cargos tal como dice el artículo 5 del reglamento electoral. También postularán 3 miembros para el cargo de vigilancia.

Art. 15. Cada lista tendrá un número de identificación determinado por el Comité Electoral.

Art. 16. Las listas iniciarán sus propagandas 24 horas después de haber sido declarados aptos y terminarán el día de las elecciones.

Art. 17. Cumpliendo el plazo de inscripciones, en caso de haber una sola lista las elecciones se realizarán mediante una asamblea general de asociados cargo por cargo y a mano alzada a las 5, 20 pm..

Art. 18. De no haber listas, se procederá a elecciones cargo por cargo, en la fecha de elecciones fijada, en una asamblea pública a partir de las 5:30’ pm.

TITULO V DEL SUFRAGIO

Art. 19. El acto de sufragio se realizará en la sede institucional Wiñaccancha de 2:00 pm. A 5:00 pm del día 23 de diciembre del 2012..

Art.20. Los electores se identificaran con D.N.I. y su recibo de pago para estas elecciones.

Art.21. Los sufra gantes emitirán su voto de la siguiente forma:
Recibirán una cédula de sufragio, pasará a la cámara secreta, marcará con un aspa el número correspondiente dentro del recuadro.
No permanecerá por más de 1 minuto.
Firmará el padrón electoral.

Art.22. La votación concluirá a la hora indicada.

Art.23. Terminado la votación, el presidente de mesa anotará en el padrón electoral la frase: No votó al costado de los asociados que no asistieron a la elección.

TITULO VI
DEL ESCRUTINIO

Art.24. El escrutinio se efectuará después del cierre de votación.

Art.25. Los miembros de mesa procederán al escrutinio, teniendo como observadores a los personeros de cada lista.

Art.26. El presidente de mesa, luego de abrir el ánfora, verificara que el número de votos sea igual al número de firmas del padrón.

Art.27. El presidente de mesa abrirá cada uno de las cédulas de sufragio procediendo a dar lectura una por una y mostrará a los personeros para su conformidad.

Art.28. El presidente de mesa escuchará con atención las razones de impugnaciones al voto, y lo que decide el Comité Electoral será inapelable.

Art.29. Son validos los votos efectuados conforme a lo establecido en el reglamento electoral.

Art.30. Concluido el escrutinio se levantará el acta electoral respectiva, que debe de contener los siguientes datos:

a) Total de votantes
b) Número de electores que no sufragare
c) Lista de ganadores y perdedores
d) Número de votantes o votos validos por cada lista.
e) Número de votos nulos.
f) Número de votos blancos.
g) Indicación de la hora de inicio y término del escrutinio.
h) El acta electoral será firmado por cuadruplicado por los miembros de mesa y los personeros.

TITULO VII
DEL CÓMPUTO Y DE LA PROCLAMACION

Art.33. El Comité Electoral revisará el cómputo general con los Respectivos personeros.

Art.34. Una vez finalizado el cómputo general, el Comité Electoral procederá a proclamar la lista ganadora, con ella dará por finalizado el proceso electoral.

TITULO VIII
DE LA JURAMENTACION

Art.35. el comité Electoral juramentará a la lista ganadora el mismo día, luego de finalizar el cómputo

DISPOSICIONES FINALES

Primero. El mandato del Concejo Directivo será por 2 años

Segundo. La asamblea general se reserva el derecho a resolver la revocatoria al mandato de la Junta Directiva

Tercero. El Comité Electoral resolverá las impugnaciones al momento y antes de la juramentación.
Aprobado el 25 de noviembre a las 6:47’ en el local Wiñaccancha.

Wiñaccancha, 25 de noviembre del 2012

Pedro García Huari                 Rómulo Romero Centeno         Fidel Madueño Auris
PRESIDENTE                   SECRETARIO                                  TESORERO

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